asambleas por derecho propio

3. ¿Aún se pueden celebrar asambleas por derecho propio por no haberse celebrado la asamblea ordinaria?

No, el término para celebrar las asambleas por derecho propio ya venció. Debemos comenzar por decir que celebrar asambleas por derecho propio es una facultad que el artículo 40 de la ley 675 otorga a los propietarios, para reunirse sin que sea necesaria convocatoria previa, cuando la asamblea no se ha realizado durante los tres …

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