Alcaldía de Ocaña implementa el uso del pico y cédula

La Alcaldía Distrital de Ocaña dictó el Decreto 032 del 25 de Marzo de 2020, con el objetivo de implementar el aislamiento preventivo obligatorio ordenado por el Gobierno Nacional mediante Decreto 457 de marzo 22 de 2020. Con fundamento en el análisis de la norma que entró en vigencia el 1 de abril de 2020, el equipo jurídico de ROJAS & MARTINEZ ABOGADOS Asoc. Ltda. ha elaborado la siguiente síntesis, dirigida a  los propietarios, residentes, administradores de los conjuntos y parcelaciones, con quienes solicitamos replicar esta nota.

Pico y cédula para adquisición de bienes de primera necesidad

El artículo segundo del Decreto 032, estableció la limitación para la adquisición de bienes de primera necesidad – alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población-, la cual, de conformidad con la norma, solo podrá realizarse a través de un miembro de cada grupo familiar, los días que coincidan con su último número de cédula en los horarios comprendidos de 7:00 am a 10:00 am y de 2:00 pm a 4:00 pm.

  • Lunes: Cédulas terminadas en 1,2 y 5.
  • Martes: Cédulas terminadas en 6,9 y 0.
  • Miércoles: Cédulas terminadas en 3,4 y 7.
  • Jueves: Cédulas terminadas en 1,2 y 8.
  • Viernes: Cédulas terminadas en 5,6 y 9.
  • Sábado: Cédulas terminadas en 3,4 y 0.
  • Domingo: Cédulas terminadas en 7 y 8.

Medidas fitosanitarias

De conformidad con el parágrafo tercero del artículo segundo del Decreto 032  y con el fin de proteger la integridad de las personas, mascotas y animales de compañía, se podrá sacar a pasear la mascota de compañía, por una persona del núcleo familiar, por un plazo máximo no superior a treinta (30) minutos.

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento, la violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas por el Decreto 032, tendrán como consecuencia las sanciones enunciadas en el artículo 7 del Decreto 457 del 22 de marzo de 2020.

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