En el cobro de energía dejada de facturar el prestador del servicio debe garantizar al usuario el debido proceso
El cobro de la energía dejada de facturar no es un procedimiento autónomo e independiente, sino que surge como consecuencia de las prerrogativas previstas en los artículos 140 y 141 de la Ley 142 de 1994, por haberse comprobado un incumplimiento contractual ocasionado por el suscriptor o usuario. Según estas disposiciones, las empresas de servicios públicos …