¿Administrador puede ejercer simultáneamente como contador de la copropiedad?
El numeral 5 del artículo 51 de la ley 675 de 2001 establece, como función del administrador de la propiedad horizontal, “llevar bajo su dependencia y responsabilidad, la contabilidad del edificio o conjunto”, razón por la cual, cuando quien ejerce la función de Administrador tiene la profesión de Contador, surge la inquietud de si puede …
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