El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) podría tener importantes modificaciones en los próximos días, por parte del Ministerio del Trabajo, lo cual traería beneficios a las propiedades horizontales con menos de 10 trabajadores.
En efecto, el Ministerio del Trabajo ha dado a conocer un proyecto de resolución que modificaría los artículos 5º y 6º de la Resolución 1111 del 2017, para crear nuevos estándares mínimos del SG-SST para las empresas de menos de 50 trabajadores, clasificadas en clase de riesgo I, II y III de conformidad con lo establecido en la normativa vigente. De acuerdo con la propuesta, los estándares mínimos serían diferentes para las empresas o lugares de trabajo con menos de 10 trabajadores y para aquellas con un número de trabajadores entre 11 y 50.
De aprobarse la nueva resolución, solo las empresas o lugares de trabajo con más de 11 trabajadores, estarían obligadas a contar con el diseño, administración y ejecución de los estándares mínimos del SG-SST, con lo cual se podrían beneficiar las propiedades horizontales con menos de 10 trabajadores, clasificados en los riesgos I, II y III, para las cuales se plantea la siguiente norma:
Conozca el proyecto de Resolución que estudia el Ministerio de Trabajo dando click aquí: Proyecto reforma estándares mínimos.