Nuevos plazos sobre nómina electrónica y anexo técnico documento equivalente

El pasado 30 de julio la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, expidió la Resolución 000063 con la cual se regularán aspectos relacionados con el documento equivalente y se modificarán las fechas para la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y el registro de facturas electrónicas como título valor.

Conforme con la citada Resolución 000063 de julio 30 de 2021, el anexo técnico del documento soporte de adquisiciones a sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente, deberá adoptarse a partir del 31 de enero del 2022.

Como se recordará, cuando el adquirente sea facturador electrónico, el documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente deberá generarse y transmitirse, para validación de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, en forma electrónica, a través del  “Anexo técnico Documento Soporte”, el cual se debía adoptar a más tardar el primero (1) de agosto de 2021, pero con esta nueva disposición, la nueva fecha se extiende hasta enero 31 de 2022.



 

Nueva fecha soporte nómina electrónica

Por otra parte, la resolución 000063 de julio 30 de 2021, estableció el día 18 de agosto como nueva fecha de inicio para la habilitación en el servicio informático electrónico de nómina electrónica, modificando por tanto la fecha máxima para iniciar la generación, transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y de las notas de ajuste del documento soporte de pago de nómina electrónica, según el número de empleados con que cuente el contribuyente, de acuerdo con el siguiente calendario:

Por último,  las funcionalidades para habilitación, generación, transmisión, validación de los servicios RADIAN estará disponible a partir del 18 de agosto de 2021.

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