Constitucional
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Sentencia C-328-19
A través de esta sentencia la Corte Constitucional define que la expresión “Mientras subsista este incumplimiento, tal situación podrá publicarse en el edificio o conjunto” del
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Cobrar cuotas de administración no adeudadas o valores ya pagados constituye delito de fraude procesal
En sentencia de unificación de tutela 004 de febrero 8 de 2018, la Sala Plena de la Corte Constitucional consideró que el administrador de la
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Administrador debe ofrecer disculpas públicas cuando vulnere derechos de un propietario o residente
Cuando la actuación del administrador de una copropiedad vulnera los derechos a la honra y a la dignidad humana de un propietario o residente, como
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Administrador no puede publicar las respuestas a derechos de petición de un propietario
La publicación en la ventana de la oficina de la administración de una copropiedad, de la respuesta que su administrador brinde a quien haya presentado
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Discapacitados tienen derecho al uso exclusivo del 2% de los parqueaderos comunes
Los conjuntos residenciales en que todos sus espacios de parqueadero sean regulados como bienes comunes, están obligados a destinar el 2% de ellos para el
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Administrador no puede imponer a un propietario el pago de honorarios de abogado
La ley 675 de 2001 no autoriza a la administración de un edificio, cobrar unilateralmente a un residente los honorarios pagados a un abogado por