No para de subir la tasa de interés de mora en el país, y esta vez se incrementó en 180 puntos básico (1,80%) en relación con el mes anterior.
Este dato es importante para la propiedad horizontal, pues como se recordará, de acuerdo con el artículo 30 de la ley 675 de 2001, “El no pago de expensas comunes, en el término fijado en el reglamento de propiedad horizontal, o en su defecto por la asamblea general de propietarios, causará intereses de mora equivalentes a una y media veces el interés bancario corriente”
De acuerdo con lo expuesto, el interés de mora que deberán pagar los propietarios que incumplan con el pago de cuotas de administración, bien sean ordinarias o extraordinarias, para este mes de enero de 2023, será del 3,041% mensual.
Le recomendamos leer: Informe Especial Parte 1 ¿Por qué los intereses moratorios de las cuotas de administración son tan altos?
En efecto, el 29 de diciembre de 2022 la Superintendencia Financiera certificó, mediante resolución Nº 1968 de 2022, el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, que regirá entre el 1º y el 31 de enero del 2023, en 28,84% efectivo anual. En consecuencia, el interés efectivo anual equivalente a una y media veces el bancario corriente, equivaldrá al 43,26%.
Será importante recordar que, conforme con el mismo artículo 30 de la ley mencionado, la asamblea puede disponer, con el quórum que disponga el reglamento de propiedad horizontal del conjunto, un interés inferior. Mientras esa norma no exista, será obligatorio cobrar el interés aquí indicado.
Otros enlaces que le pueden interesar
Conozca el interés de mora de diciembre del 2022, dando clic aquí
Si quieres ver la resolución Nº 1968 de 2022
«Cómo se liquida el interés de mora en propiedad horizontal»