Improbación de estados financieros da lugar a discusión en el seno del órgano

La Supersociedades precisó, mediante concepto emitido en Febrero del 2017, que las implicaciones de la no aprobación de estados financieros, son grandes, para los asociados trae como consecuencia el no poder ejecutar la distribución de utilidades.

El citado organismo reiteró que si bien una de las funciones de la asamblea general de accionistas es la de examinar, aprobar o ímprobar los balances de cuentas, cambia el escenario cuando uno o varios asociados o el órgano social, sin razón valedera, ni argumentos, se resistan a la aprobación de los estados financieros de la compañía. Si lo anterior ocurre lo más posible es que se generen diferencias entre los asociados y la administración que traerá como consecuencia un mal funcionamiento de la compañía.

La Supersociedades además indicó que si bien los estados financieros han de aprobarse en la reunión ordinaria del respectivo ejercicio, nada impide que se puedan aprobar en una reunión extraordinaria, siempre y cuando se cumpla con las formalidades legales a las que haya lugar.

NOTA: contodapropiedad.com  considera que las normas comerciales no tienen aplicación en el régimen de propiedad horizontal, según concepto Nº220-54970 de la Superintendencia de Sociedades , a pesar de lo cual le parece importante esta nota porque el método de interpretación utilizado por la entidad puede servir de guía en la aplicación de las normas que rigen la propiedad horizontal. Para ampliar este criterio puede leer: El régimen de las sociedades comerciales no es aplicable a la propiedad horizontal

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