Orientación Técnica N° 15 del CTCP

La Orientación Técnica Nº 15, dictada por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTPC), contiene apartes de los marcos técnicos normativos de las normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información, de los Grupos 1, 2 y 3, que podrían ser aplicables para una copropiedad de uso residencial, comercial o mixto, por lo cual se convierte en una herramienta que permite comprender la forma en que deben ser aplicados los nuevos marcos técnicos normativos.

El objetivo principal de la Orientación Nº 15, tal como lo resalta el CTCP,  es orientar sobre el ejercicio de la profesión contable en entidades de propiedad horizontal, edificios, conjuntos unidades inmobiliarias cerradas, parques industriales, centros comerciales y zonas francas, comprendidas en el régimen establecido por la Ley 675 de 2001, y en los Decretos 2706 de 2012 y 3019 de 2013 (Grupo 3); 3022 de 2013, y 2129 y 2267 de 2014 (Grupo 2); y 2784 de 2012, 1851, 3023 y 3024 de 2013, 2267 y 2615 de 2014 (Grupo 1); y en otras normas posteriores que los que los modifiquen, adicionen, complementen o sustituyan.

Este documento trata sobre los procesos y procedimientos que deben seguirse para el reconocimiento de transacciones y otros eventos y sucesos, y para la preparación y la presentación de los informes financieros de propósito general en estas entidades, con fundamento en los nuevos principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, señalando que en la actividad de estas entidades  el criterio y el juicio profesional de los contadores públicos y revisores fiscales (cuando ellos se requieran) deben ser valorados y tenidos en cuenta por los administradores (responsables de los informes financieros) y por los propietarios  y otros usuarios, como criterios profesionales, en tanto tales opiniones estén fundamentados en el nuevo marco de principios de contabilidad aceptados en Colombia.

Por último, será importante resaltar que la Orientación Nº 15 rige desde el 20 de octubre de 2015  y reemplaza en su totalidad las orientaciones profesionales Nos. 003 del 29 de septiembre de 2001, la No. 007 del 30 de septiembre de 2003, la No. 010 de diciembre de 2005 y la del 01 de julio de 2008, y todos los conceptos emitidos con anterioridad por el CTCP, en los que se haya establecido una posición contraria a la establecida en dicha Guía.

Consulte el texto completo de la Orientación Técnica N° 15 dando click en el siguiente enlace:

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