Salvo situaciones particulares, predial no puede aumentar más del doble del monto liquidado el año anterior
Para los predios que se incorporen por primera vez a catastro, terrenos urbanizables no urbanizados, terrenos urbanizados no edificados, predios que figuraban como lotes no construidos y cuyo avalúo se origina por la construcción o edificación en él realizada, no se aplica la limitación que establece que el impuesto predial a pagar no podrá exceder …