Administrador es responsable de definición y adecuada aplicación de las políticas contables

Administrador es responsable de definición y adecuada aplicación de las políticas contables

La responsabilidad por la definición y adecuada aplicación de las políticas contables es de la administración de la copropiedad, dado que es la responsable de los estados financieros, según lo dio a conocer el Concejo Técnico de la Contaduría Pública, mediante Concepto  10-00784-2017, recordando además que tales políticas se elaboran con fundamento en el marco técnico normativo de información financiera, correspondiente al Grupo en que haya sido clasificada. Lo anterior, por cuanto de acuerdo con el numeral 5º del artículo 51 de la ley 675 de 2001, es función del administrador de la copropiedad llevar bajo su dependencia y responsabilidad, la contabilidad del edificio o conjunto, al tiempo que el numeral 4º del mismo artículo establece que el administrador someterá a consideración del Consejo de Administración las cuentas anuales, el informe para la Asamblea General anual de propietarios, el presupuesto de ingresos y egresos para cada vigencia, el balance general de las cuentas del ejercicio anterior, los balances de prueba y su respectiva ejecución presupuestal.

Agregó la entidad que para la definición y adecuada aplicación de las políticas contables, la administración dispone del apoyo del Contador Público de la copropiedad, quien al prestar sus servicios profesionales tiene la obligación de conocer y aplicar los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia.

En el citado concepto se aclara que las políticas contables también pueden ser aprobadas por el Consejo de Administración, o también se puede emitir un informe o dictamen por parte del Revisor Fiscal, si este existe por disposiciones legales o de forma voluntaria, sobre la adecuada aplicación del marco técnico normativo, en los que se fundamentan los estados financieros que se ponen a disposición de los propietarios y otros usuarios.