El Ministerio de Salud ha dictado, mediante Resolución 666 de abril 24, el protocolo general de bioseguridad para todas las actividades económicas y sociales, con el fin de minimizar los factores que puedan generar la transmisión de la enfermedad por el Covid-19.
Indica la Resolución que para la aplicación de los protocolos de bioseguriad, cada sector, empresa o entidad deberán realizar, con el apoyo de sus administradoras de riesgos laborales, las adaptaciones correspondientes a su actividad, definiendo las diferentes estrategias que garanticen un distanciamiento social y adecuados proceso de higiene y protección en el trabajo.
Y en la Propiedad Horizontal
La lectura de la resolución nos permite afirmar que, el campo de la Propiedad Horizontal, deberán adecuarse cada uno de los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SGSST con que cuenta cada edificio o conjunto.
(adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});
Conozca a continuación el texto completo de Resolución 666, sin embargo, si desea conocer el análisis de una especialista en el tema, le invitamos a participar de la conferencia gratuita que se dictará hoy, viernes 24 de abril, a las 5:00 p.m., dando clic en este enlace “Protocolos de Bioseguridad en el SGSST de la P.H., según Circular Conjunta 001, para mitigar el contagio por Covid-19 en la actividad de la construcción”.