Es deber de las partes de la relación laboral probar la naturaleza de la misma pues no basta con invocar la presunción del contrato de trabajo para lograr su declaración judicial.
Así lo reiteró la Corte Suprema de Justicia en su sala de casación labora mediante sentencia SL 5214 – 2018 del 28 de noviembre de 2018: