Las nuevas normas incluyen disposiciones sobre el Certificado Técnico de ocupación y Supervisión técnica independiente
El Ministerio de Vivienda expidió recientemente dos normas que generan varios e importantes cambios en el trámite de licencias urbanísticas así como los documentos y formas de presentación para su solicitud.
En efecto, la primera norma fue expedida el pasado 20 de diciembre y corresponde al Decreto 1783 de 2021 que contiene disposiciones relacionadas con el estudio, trámite y expedición de las licencias urbanísticas y se dictan otras disposiciones.
La segunda norma corresponde a la Resolución 1025, expedida el 31 de diciembre de 2021, relacionada con los documentos que deberán acompañar las solicitudes de licencias urbanísticas y de modificación de las licencias urbanísticas vigentes.
Dada la importancia que estas normas tienen para el trámite de todos los nuevos proyectos de construcción o de las modificaciones que se realicen a los ya existentes, lo cual guarda total relación con la Propiedad Horizontal, presentamos a continuación una corta reseña de los aspectos modificados, así como de la nuevas disposiciones que se crean.
Decreto 1783 de 2021
Modificaciones a normas ya existentes
Este Decreto modifica normas ya existentes en el Decreto 1077 de 2015 Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, y aunque podría decirse que los principales cambios tienen que ver con el trámite y expedición de licencias urbanísticas en sus diferentes modalidades, podemos destacar cambios en las normas ya existentes sobre:
- Incorporación de suelos al perímetro urbano
- Promoción, anuncio y desarrollo de actividades de enajenación de inmuebles
- Presupuesto financiero del proyecto
- Licencias de urbanización en sus modalidades de Desarrollo, Saneamiento y Reorganización
- Licencias de subdivisión y sus modalidades, en suelo rural y de expansión urbana y en suelo urbano
- Licencias de construcción de obra nueva, demolición, reconstrucción
- Autorización de actuaciones urbanísticas en predios con declaratoria de bienes de interés cultural y bienes dentro de su área o zona de influencia
- Licencias de construcción para edificaciones convencionales de carácter permanente
- Titulares de las licencias de urbanización, parcelación, subdivisión y construcción
- Citación a vecinos
- Solicitud de constitución en parte
- Revisión independiente de diseños estructurales, estudios geotécnicos y de suelos y diseños de elementos no estructurales
- Acta de observaciones y correcciones
- Expedición de la licencia
- Renuncia a los derechos concedidos en las licencias
- Contenido de la licencia
- Certificado Técnico de ocupación y Supervisión técnica independiente
- Archivo del expediente de la licencia urbanística otorgada
- Vigencia de las licencias
- Vigencia de las licencias en urbanización por etapas y proyecto urbanístico general
- Tránsito de normas urbanísticas y revalidación de licencias
- Autorización para el movimiento de tierras, aprobación de piscinas, modificación de planos urbanísticos, de legalización y demás planos que aprobaron desarrollos o asentamientos
- Incorporación de áreas públicas y entrega material de las áreas de cesión
Nuevas disposiciones creadas por el Decreto
El Decreto también crea nuevas disposiciones, que destacamos a continuación:
- Definición de área o predio urbanizado y área o predio parcelado
- Incorporación a suelo urbano, para efectos catastrales, de predios objeto de licencia de urbanización dentro del marco del plan parcial
- No requerimiento de acto administrativo de autorización o permiso para promocionar, anunciar y/o desarrollar actividades de enajenación de inmuebles
- Sistema de reparto equitativo de cargas y beneficios
- Licencia de construcción en bienes o sectores de interés cultural y en su área de influencia
- Solicitud virtual de licencia urbanística y notificación electrónica
- Operadores o administradores de parques cementerios como titulares de licencias urbanísticas sin la participación de los propietarios de las tumbas
- Diligencia de inspección para la entrega material de áreas de cesión
- Recursos contra actos que concedan o nieguen las solicitudes de licencias
- Las prórrogas de licencias urbanísticas o de sus revalidaciones no serán objeto de acta de observaciones o correcciones
- Disposiciones para obras que no requieren supervisión técnica independiente