El Consejo Técnico de la Contaduría Pública precisó, mediante concepto emitido en Julio de 2016, que cuando la copropiedad por conducto de sus administradores, revisor fiscal o cualquier otro medio perciba errores e inconsistencias contables en la preparación y elaboración de los estados financieros de último ejercicio o de periodos anteriores, inmediatamente se debe ordenar las correcciones a que haya lugar, de lo contrario se estaría incurriendo en una omisión que generaría una violación a la Ley y los Estatutos.
El citado organismo indicó que después de realizar los ajustes pertinentes, los estados financieros deben ser sometidos una vez más a aprobación por parte de la Asamblea General de Copropietarios y el Revisor Fiscal debe efectuar la revisión de los mismos con el ánimo de emitir una nueva opinión.